La Superintendentencia de Seguros de la Nación dictó una resolución que establece que, desde el 10 de septiembre, para realizar una serie de trámites, los PAS deberán utilizar obligatoriamente la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Se trata de la Resolución 897/2018 de la SSN, fechada el 4 de septiembre. La norma establece que tendrá carácter obligatorio la realización mediante la TAD (https://www.argentina.gob.ar/tramitesadistancia) de los siguientes trámites:
– Baja de la Matrícula.
– Suspensión Temporaria de la Matrícula.
– Suspensión de la Matrícula por Cargo.
– Denuncia de Cambio de Domicilio.
En la funamentación de la Resolución se menciona que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, “reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su Artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el Artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización”.
Asimismo, se recuerda que a través del Decreto N° 434 de fecha 1 de marzo de 2016, se aprobó el Plan de Modernización del Estado “con el objetivo de alcanzar una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios”.
Descargar Resolucion 897-2018 TAD completa.
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