Se modificó el marco de liquidación de aseguradoras: los detalles

La nueva normativa modifica el Artículo 50 del R.G.A.A. y apunta a garantizar el cumplimiento de las obligaciones durante los procesos de disolución. Se prioriza la protección de asegurados y terceros, con mayor capacidad de intervención del organismo.

La Superintendencia de Seguros de la Nación actualizó el régimen de liquidación voluntaria de aseguradoras mediante la Resolución SSN N° 103/2026, con el objetivo de fortalecer el marco normativo y reforzar la supervisión en estos procesos. La medida introduce cambios en el Artículo 50 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (R.G.A.A.), priorizando la protección de los asegurados y terceros damnificados.

La modificación se enmarca en lo dispuesto por la Ley N° 20.091, que establece que, ante la disolución voluntaria de una entidad, la liquidación debe ser llevada adelante por sus órganos estatutarios bajo la fiscalización del organismo de control. En este sentido, la nueva normativa incorpora un enfoque integral que busca garantizar el cumplimiento total de las obligaciones durante todo el proceso.

Entre los principales cambios, se destaca la incorporación de herramientas que permiten un mayor seguimiento y control por parte de la SSN en las instancias de liquidación. La actualización del artículo —que reemplaza lo establecido en la Resolución SSN N° 38.708/2014— apunta a asegurar que los intereses de los asegurados sean resguardados de manera efectiva.

Asimismo, la norma contempla que, en caso de detectarse situaciones que puedan generar perjuicios, la SSN podrá intervenir adoptando las medidas necesarias, incluyendo la posibilidad de asumir directamente el proceso de liquidación.

Con esta decisión, el organismo continúa avanzando en el fortalecimiento de la supervisión del sistema asegurador, promoviendo procesos más transparentes, ordenados y orientados a consolidar la confianza pública en el sector.

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