Rúbrica Digital: qué obligaciones están vigentes para los PAS

Las aseguradoras son responsables de informar a la SSN las operaciones de Automotores, Cauciones Aduaneras, Riesgo del Trabajo y Vida Obligatorio. Los PAS deben corroborar esta carga y registrar manualmente solo si no se realiza.

Desde la Asociación de Productores Asesores de Seguros de Entre Ríos (APASER) recordamos a todos los colegas que continúa operativo el sistema de Rúbrica Digital desarrollado por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). Este sistema permite llevar el registro de libros de operaciones de manera totalmente digital, reemplazando la antigua modalidad en soporte papel.

La obligación de llevar el Registro de Operaciones se considera cumplida en tanto las entidades aseguradoras informen dichas operaciones a la SSN a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Cabe señalar que las aseguradoras deben brindar esta información respecto a las ramas Automotores, Cauciones Aduaneras, Riesgo del Trabajo y Vida Obligatorio. Todas las otras ramas las deben cargar los PAS.

Es fundamental que cada Productor Asesor de Seguros corrobore esta situación con las aseguradoras con las que opera, ya que además de informar las operaciones a la SSN, las entidades también deben proveer esta información al PAS o a la Sociedad de Productores de Seguros interviniente, conforme a lo dispuesto por el artículo 3° de la Resolución RESOL-2019-716-APN-SSN#MHA.

Respecto a los endosos, los mismos deben ser asentados en el registro en el momento en que se produce la novedad. En caso de que la aseguradora, por cualquier razón, no informe la operación correspondiente, será responsabilidad del productor asentarlas manualmente en el sistema

Resolución: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-716-2019-326510/texto