Juicio de más de $600 millones por litigiosidad en Riesgos del Trabajo en Entre Ríos

La sentencia omite el paso por Comisiones Médicas, declara inconstitucional el marco normativo de la actividad y aplica la Ley de Defensa del Consumidor para fijar daños punitivos.

El Sistema de Riesgos del Trabajo en la provincia de Entre Ríos registra un caso de litigiosidad cuya liquidación actualizada asciende a $613.467.165 (sin considerar costas). El fallo, dictado en primera y segunda instancia, fundamenta su resolución en la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), la Ley 27.348 y la Ley de Adhesión Provincial 10.532.

Puntos clave del fallo

La sentencia presenta las siguientes particularidades técnicas y procesales:

  • Procedimiento: Se omitió la instancia obligatoria ante la Comisión Médica Jurisdiccional (CMJ).
  • Baremo aplicado: Para determinar la incapacidad de un conductor de camiones de 55 años en un 70%, se utilizó el baremo Altube-Rinaldi en lugar del baremo de ley (Decreto 659/96).
  • Marco legal: Se aplicó la Ley de Defensa del Consumidor para establecer una condena por daño punitivo, la cual, tras ser actualizada, alcanza los $78 millones.
  • Criterio de actualización: Se utilizó el mecanismo del fallo “Crettaz” (RIPTE + 12% anual), con capitalización semestral de la tasa.

Contexto provincial

Según datos de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), Entre Ríos presenta un incremento del 25% en la litigiosidad durante el último año, cifra que contrasta con el 6% registrado a nivel nacional. La combinación del volumen de demandas y los métodos de actualización locales sitúa a los montos de sentencia de la provincia entre los más altos del país.

Instancia actual

Tras la denegación del Recurso Extraordinario Local por parte del Superior Tribunal de Justicia (TSJ), la empresa aseguradora presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal deberá expedirse sobre la validez de los criterios aplicados y la constitucionalidad del sistema de Seguridad Social vigente.

Fuente: 100Seguros

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